• 19/09/2024
  • Cancún, Quintana Roo, México

Claves de la reforma al Poder Judicial tras su aprobación

Claves de la reforma al Poder Judicial tras su aprobación

CIUDAD DE MÉXICO.- Aquí las claves de la reforma constitucional, que pudo ser aprobada gracias a las amplias mayorías que obtuvieron el oficialismo en las elecciones del 2 de junio, en las que fue elegida presidenta Claudia Sheinbaum.

Elección popular

La parte medular y más controvertida es la elección popular de jueces y ministros, incluidos los de la Suprema Corte.

Serán elegidos en comicios extraordinarios, en 2025 y 2027, entre candidatos propuestos paritariamente por los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial.

Hasta ahora los miembros de la Suprema Corte eran propuestos por el presidente y ratificados por el Senado.

Mientras el Consejo de la Judicatura Federal nombraba a jueces y magistrados tras solicitudes y concursos de méritos.

AMLO asegura que la elección busca limpiar de corrupción a la justicia.

Pero la oposición, oenegés y Estados Unidos sostienen que socava la independencia judicial.

Y deja a los jueces a merced del narcotráfico, que ya incide en la política.

Caso único

La proyectada elección de unos 1,600 jueces y magistrados federales, y de los miembros de la Suprema Corte, es un caso único.

“No existe en otros países”, señala Margaret Satterthwaite, relatora especial de Naciones Unidas sobre la independencia de jueces y abogados, y crítica del proyecto.

Si bien en Estados Unidos algunos estados eligen a los jueces locales.

El caso más parecido al mexicano es el de Bolivia, donde los magistrados de las altas cortes son elegidos por voto popular.

Sin embargo, un consejo de la judicatura designa allí a los jueces ordinarios.

Pero la independencia de los magistrados de elección ha quedado en entredicho en medio de la disputa entre el presidente Luis Arce y su mentor y exmandatario socialista Evo Morales (2006-2019).

Cirugía a la Suprema Corte

La reforma reduce el número de ministros de la Suprema Corte de una vez a nueve, mientras su encargo pasa de 15 a 12 años.

Asimismo, elimine la pensión vitalicia que reciben los ministros al cumplir su período.

Y prohíbe que sus integrantes ganen más que el presidente, una medida ya existente pero que no se cumpla.

Nuevo órgano de supervisión

La reforma elimina el Consejo de la Judicatura Federal.

Que administra y vigila la conducta de los funcionarios judiciales, y ordena la creación de un órgano administrativo y un Tribunal de Disciplina Judicial.

Ese tribunal evaluará e investigará el desempeño de los jueces, podrá remitir eventuales casos criminales a la Fiscalía y solicitar juicios políticos a los juzgadores ante la Cámara de Diputados.

En México, donde diariamente se cometen unos 80 homicidios, la impunidad supera el 90%, según la Suprema Corte, que ha llamado la atención sobre la necesidad de mejorar las capacidades de los órganos investigativos antes de que impulse una “demolición” del poder judicial.

Jueces sin rostro

La reforma incorpora a los jueces sin rostro o anónimos para preservar su seguridad e identidad en procesos contra el crimen organizado.

Sin embargo, esa figura es criticada por la Oficina en México del Alto Comisionado de la ONU para los Derechos Humanos, al considerar que impide conocer la idoneidad y competencia de los jueces.

La medida ha sido aplicada en otros países de la región. En Colombia se adoptó a finales de los años 1980 para enfrentar una escalada terrorista del narcotráfico, en medio de cuestionamientos a su eficacia para proteger a los magistrados y garantizar la justicia.

En El Salvador, como parte del estado de excepción promovido por el presidente Nayib Bukele, se ha permitido a las autoridades detener sin orden judicial a millas de supuestos pandilleros que luego son presentados a jueces sin rostro que pueden ampliar la detención provisional.

Activistas de derechos humanos denuncian que en medio de esas redadas han caído muchos inocentes.

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