• 24/01/2025
TEPJF ordena revocar la suspensión del Comité de Evaluación del PJF

TEPJF ordena revocar la suspensión del Comité de Evaluación del PJF

CIUDAD DE MÉXICO.- Con tres votos a favor y dos en contra, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó al Comité de Evaluación del Poder Judicial revocar la suspensión de “toda actividad que implique la continuación del desarrollo del proceso electoral extraordinario para la elección de diversos cargos” en la elección judicial del próximo 1 de junio.

En la sesión pública de esta tarde, se debatió el proyecto presentado por la magistrada presidenta Mónica Arelí Soto Fregoso, el cual proponía la revocación de los acuerdos del Comité Evaluador del PJF con fechas 7 y 9 de enero, bajo el argumento de que “en materia electoral no opera la figura de la suspensión, ya que la continuidad de los procesos electorales es un mandato de orden público, por ende, es inviable detener la implementación de los procedimientos electorales”.

Tras la aprobación de dicho proyecto, el Comité de Evaluación deberá continuar “con los procedimientos de selección y evaluación de aspirantes a ser postulados a los cargos de juzgadores federales en que participan las personas actoras y que corresponden a ministra o ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), a magistradas o magistrados de circuito y a juezas o jueces de distrito e integrantes del Tribunal de Disciplina Judicial”.

En cuanto al juez de distrito con sede en Michoacán que concedió la suspensión definitiva, el Tribunal resolvió que “carece de competencia para vincular a la Sala Superior y a sus integrantes al cumplimiento de una medida cautelar emitida dentro del incidente de suspensión en un juicio de amparo”.

El Tribunal Electoral también anunció que dará vista al Consejo de la Judicatura Federal (CJF) para que determine “lo que conforme a derecho corresponda respecto a la actuación del juzgador de distrito mencionado, y desechó las demandas de seis medios de impugnación, porque en el primero de los casos la persona promovente agotó previamente su derecho de acción y en los restantes las demandas se presentaron de manera extemporánea”.

Con esta decisión, el Comité de Evaluación del PJF tiene un plazo de 24 horas para retomar sus actividades correspondientes a la selección de candidatos aspirantes a ocupar las vacantes disponibles en la jornada electoral del 1 de junio.

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