• 19/09/2024
  • Cancún, Quintana Roo, México

Crece emplacamiento de motos en CDMX

Crece emplacamiento de motos en CDMX

CIUDAD DE MÉXICO.- El emplacamiento de motocicletas en la Ciudad de México (CDMX) tuvo un aumento durante agosto de 27.7 por ciento, luego de que se dieron a conocer las modificaciones al Reglamento de Tránsito que aumentan las causales de remisión al corralón y que comenzarán a aplicarse el próximo domingo 24 de septiembre del 2023.

La Secretaría de Movilidad (Semovi) informó que aumentaron las solicitudes de placas de moto en sus módulos.

De enero a julio, se registró un promedio mensual de 7 mil 451 solicitudes de placas, mientras que en agosto se registraron 9 mil 515 trámites, lo que significa un incremento del 27.7 por ciento.

En el caso de la Licencia A1 para motocicleta, en agosto se expidieron 919, lo que significa un aumento de 38 por ciento respecto a las 665 expediciones mensuales en promedio, entre enero y julio.

La solicitud de licencias tipo A2, la cual permite conducir automóvil y motocicleta, tuvo un crecimiento de 34 por ciento, al pasar de mil 400 en promedio mensual entre enero y julio, a mil 879 durante agosto.

Como parte de los resultados obtenidos de las políticas públicas implementadas por el Gobierno de la Ciudad de México para disminuir los hechos de tránsito, especialmente de motociclistas, la Semovi informa que se incrementaron los trámites realizados por este sector, a partir de que se dieron a conocer las nuevas modificaciones al Reglamento de Tránsito, que serán vigentes a partir del 24 de septiembre de este año”, indicó la dependencia.

A partir del domingo, se aplicarán las modificaciones al Reglamento de Tránsito que indican que son causales para remisión al corralón: circular por vías ciclistas exclusivas, circular por los carriles confinados para el transporte público, interferir los carriles exclusivos de transporte público al dar vuelta a la izquierda, derecha o en U-

No utilizar casco protector los conductores y pasajeros, transportar más personas de lo que indique la tarjeta de circulación, transportar pasajeros menores de 12 años, transportar menores de edad cuando no puedan sujetarse por sí mismos a la motocicleta, excepto que cuenten con los aditamentos especialmente diseñados para su seguridad.

Que menores de edad conduzcan motocicletas, que los motociclistas no porten la licencia tipo A1, A2 o permanente, no portar placas o tarjeta de circulación vigente.

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