ESPAÑA.- Luis Rubiales vive momentos críticos como Presidente de la Real Federación Española de Futbol (RFEF) luego de los festejos que protagonizó con España en el Mundial Femenil 2023: por lo que la FIFA abrió este jueves un proceso disciplinario contra el mandamás.
Tras el beso que le dio en la boca Luis Rubiales a Jennifer Hermoso, futbolista de las Tuzas del Pachuca, además de otros polémicos festejos después de que España se coronó campeona del mundo, la FIFA decidió indagar sobre el asunto; hasta el momento, con base en su comunicado, no darán más detalles sobre la investigación en contra.
“La FIFA reitera su compromiso absoluto con el respeto a la integridad de todas las personas y por lo mismo condena con el mayor vigor todo comportamiento en contrario”, explicó el máximo organismo del futbol sobre los festejos que protagonizó Luis Rubiales con España tras el Mundial Femenil 2023.
De acuerdo con el organismo mundial de futbol, el mandamás de la RFEF no respetó dos artículos del reglamento: el 13.1 y el 13.2 que hablan sobre el comportamiento ofensivo y violación de los principios de juego limpio.
“Las asociaciones y los clubes, así como sus jugadores, oficiales y cualquier otro miembro y/o persona que desempeñe una función en su nombre, deberán respetar las Reglas de Juego, así como los Estatutos de la FIFA y los reglamentos reglamentos, directivas, directrices, circulares y decisiones de la FIFA, y cumplir con los principios de juego limpio, lealtad e integridad”.
“Por ejemplo, cualquier persona que actúe de alguna de las siguientes maneras puede ser objeto de a medidas disciplinarias:
a) violar las normas básicas de conducta decente;
b) insultar de cualquier forma a una persona física o jurídica, especialmente mediante el uso de gestos, signos o lenguaje ofensivos;
c) utilizar un acontecimiento deportivo para manifestaciones de carácter no deportivo;
d) comportarse de manera que desacredite el deporte del fútbol y/o la FIFA desprestigio;
e) alterar activamente la edad de los jugadores que figura en sus tarjetas de identidad
e) alterar activamente la edad de los jugadores que figuren en los documentos de identidad que presenten en competiciones sujetas a límites de edad”
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