QUERÉTARO.- La Fiscalía del Estado de Querétaro busca encarcelar a una menor de 14 anos que sufrió un parto fortuito, luego de que se embarazara producto de una presunta violación.
La acusación llega aunque la Fiscalía reconoce que la menor tenía 36 semanas de gestación al momento de sufrir el parto antes de término, algo que no es un delito, sino una condición médica. Pese a esto, contra lo establecido en las leyes locales, la autoridad determinó, con peritajes propios poco claros y que contradicen el peritaje médico de la atención inicial en urgencias, que la menor parió un producto vivo y éste murió por asfixia, por lo que la acusan de homicidio calificado, según el Código Penal de Querétaro.
Bajo esta figura, la Fiscalía de Querétaro descarta la ininputabilidad de la menor y pide una pena que puede exceder los 3 años de cárcel. Además, le obligaría a «reparar» el daño a la «víctima», el joven que presuntamente la violó. De determinarse su culpabilidad, la menor tendría que pagarle una multa de 518 mil pesos.
Para formular la acusación, la Fiscalía queretana incurrió en varios hechos que, por lo menos, son irregulares.
El primero, fue desestimar una denuncia o investigación por violación en un caso de una menor de 14 años embarazada.
Para esto, la autoridad se basó, según consta en el acta de la audiencia inicial, en un argumento que consignó la defensa de la menor, la cual era de oficio. Esta, a través de un peritaje, dijo que la menor no declaró que el embarazo fue producto de una violación. La Fiscalía, sin embargo, no investigó más el asunto, todo, aunque existe evidencia de que la menor sufría violencia y un contexto familiar complejo. La Fiscalía consignó el argumento de la defensa en la audiencia inicial, y la defensa de la menor no apeló la decisión.
El segundo, fue establecer que el parto fortuito fue un «aborto involuntario», aún cuando el delito de aborto no es el que se le está imputando, en uno de los estados con mayor resistencia a despenalizarlo.
Para esto, la Fiscalía, en una nueva audiencia, dijo que realizó peritajes para determinar si el feto murió antes o después del parto fortuito. Hasta el momento, la autoridad no ha especificado qué peritaje realizó para determinar que el producto nació vivo y «fue asesinado por ahorcamiento «, aunque de acuerdo a la colectiva que acompaña el caso de la menor, el parte médico estableció que el parto prematuro se produjo por muerte fetal intrauterina, es decir, murió dentro del cuerpo de la adolescente.
Aún así, la autoridad consignó a la menor por homicidio calificado.
El caso es parecido al de Dafne, una mujer que, en 2016, fue sentenciada a 16 años de cárcel acusada de homicidio en grado de parentesco después de que sufriera un parto involuntario en una tienda Liverpool de San Juan del Río, Querétaro.
En casos similares ocurridos en el estado de Guanajuato unos años antes y acompañados jurídicamente por la asociación Las Libres, se demostró que la Fiscalía practicó un peritaje que data del siglo XIX: poner los pulmones del feto en una cubeta para ver si flotan, o no flotan y supuestamente con eso determinar si respiró o no antes de morir.
Este argumento ya había sido desechado en 2010 por una resolución de la Suprema Corte de Justicia en el caso de una mujer indígena en Guerrero.
Sin embargo, según investigaciones periodísticas, «peritajes» similares se han usado en estados como Yucatán y Guanajuato, ambos gobernados por el Partido Acción Nacional hasta 2024, como ocurre también en Querétaro.
Dafne, pudo obtener su libertad después de tramitar un amparo, gracias al acompañamiento jurídico del Grupo de Acción por los Derechos Humanos y la Justicia Social.
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