ESPAÑA.- Luis Rubiales, ex presidente de la Real Federación Española de Futbol (RFEF), fue condenado por un delito de agresión sexual contra la seleccionada Jennifer Hermoso, a quien le propinó un beso forzado durante la celebración de la victoria en la final del Mundial Femenino de Australia-Nueva Zelanda 2023.
El ex directivo deberá pagar una multa de 10 mil 800 euros (226 mil pesos), equivalente a la pena de 18 meses dictada por el juez, y además tendrá que indemnizar con 3 mil euros (63 mil pesos) a la víctima, a la que no se podrá acercar a menos de 200 metros. Además, Rubiales y otros tres imputados fueron absueltos del delito de coacciones. La acusación particular y la fiscalía anunciaron un recurso para la revisión de la sentencia, que consideraron insuficiente.
El 20 de agosto de 2023, en el estadio de futbol Australia, en la ciudad de Sídney, se produjo una imagen que dio la vuelta al mundo en segundos: la capitana de la selección española, Jenni Hermoso –quien actualmente juega en México con los Tigres de la UANL– se acercó al podio donde se encontraban las auto-ridades de FIFA para recibir su medalla de campeona del mundo. Ahí también estaba, como representante de la RFEF, Rubiales, quien al verla la sujetó de la cara con las dos manos y le propinó un beso en los labios. Antes, el dirigente había protagonizado varias escenas polémicas desde el palco de autoridades, como cuando se sujetó ostensiblemente los genitales para celebrar uno de los goles, o cuando le hizo un corte de mangas a la afición rival por su derrota.
Pero la imagen del beso forzado fue la que dio la vuelta al mundo y provocó la indignación inmediata de una buena parte de la clase política española, sobre todo de la izquierda en el gobierno, que de inmediato iniciaron el procedimiento para apartarlo del cargo y procesarlo por un delito de agresión sexual y otro más de coacciones.
El juicio se celebró en el juzgado central de la Audiencia Nacional y ahí se escucharon los testimonios de los protagonistas, incluidos los tres directivos señalados por presuntas coacciones a la jugadora para que hiciera un gesto público que exculpara de su conducta a Rubiales. Además se presentaron como pruebas numerosos documentos gráficos, grabaciones y audios en los que se recreaban los momentos previos y posteriores al polémico beso.
Después de escuchar además los alegatos de los abogados defensores, incluida la defensora de Rubiales, la prestigiosa penalista Olga Tubau, finalmente el juez José Manuel Clemente decidió imponer una sanción muy lejos de lo que solicitaban la acusación particular y la fiscalía, además de absolver a todos los involucrados del supuesto delito de coacciones, ya que a su juicio no quedó probado.
Si bien, el magistrado sí dio la plena credibilidad al testimonio de la víctima, cuando el ex presidente de la RFEF sujetó la cabeza de la jugadora con ambas manos, y de manera sorpresiva y sin consentimiento ni aceptación de la futbolista, le propinó un beso en los labios. En este rubro, el juez consideró insuficiente el testimonio y las pruebas presentadas por Rubiales para probar que habría sido un besito consentido porque no se percibe respuesta de la jugadora y porque tampoco justifica que el beso fuera en la boca. Tampoco ayuda la contradicción de que inicialmente Rubiales sostuviera que le había propuesto un piquito y en el juicio, un besito.
En la sentencia se subraya que la alegría posterior de la jugadora durante la celebración del triunfo no supone ninguna aceptación del hecho delictivo, ya que no puede obviarse que la agresión sexual de que es objeto la mujer tiene la intensidad que tiene y carece de virtualidad para anular la alegría en la mujer del éxito que aca-ba de conseguir y que quiere y desea celebrar a toda costa con to-das sus compañeras.
La pena impuesta a Rubiales se basa en el propio criterio del Código Penal español, que establece, según el juez, que ante la menor entidad del hecho, las penas de prisión inicialmente previstas para el delito (de uno a cuatro años) queden en multa de 18 a 24 meses. Así que la pena es de 18 meses de multa con una cuota diaria de 20 euros, lo que se traduce en una cifra total de 10 mil 800 euros. En la justificación de la condena, el juez subraya que no existió violencia o intimidación –eso habría impedido bajar a una multa– y que, a su juicio, Rubiales aun siendo presidente de la RFEF, no se prevalece de su condición, ni de una relación de superioridad con respecto a la víctima. Si bien apunta que se trata de un acto reprochable que se cometió dentro de la euforia de la celebración de haberse conseguido la Copa del Mundo, éxito sin precedente en el futbol femenino español.
Los tres directivos absueltos del delito de coacciones son el ex seleccionador femenino, Jorge Vilda, el ex director de la selección masculina, Albert Luque, y el ex responsable de mercadotecnia, Rubén Rivera, ya que, según la sentencia, basta con leer los escritos de acusación para comprobar que en ellos no se describe ningún acto de violencia ni de intimidación sobre la persona de Jenni Hermoso. En todo caso, de las declaraciones que en el acto del juicio vierte Hermoso, a la que ya se ha dicho el juzgador atribuye plena credibilidad, tampoco se describe ningún acto de violencia ni de intimidación realizado por ninguno de los acusados ni por terceros.
La sentencia, al no ser firme, puede ser apelada ante el tribunal, como ya anunciaron que harán tanto la defensa de la víctima como la fiscalía.
Tras conocerse el veredicto, Irene Paredes, integrante de la selección española, comentó: Me parece acertada la condena por agresión sexual, lo que me parece algo llamativo y raro es que no haya condena por las coacciones.
Durante la conferencia de prensa para el partido que España sostendrá hoy contra Bélgica en la jornada uno del Grupo A3 en Liga de Naciones, Paredes, quien fue una de las jugadoras que compareció en las audiencias, sostuvo: Yo lo que tuve que decir ya lo mencioné en el juicio. A partir de ahí, hay personas, como es el juez que ha dictado sentencia. No he podido hablar con Jenni todavía. No sé cómo está.
La que entonces era ministra de Igualdad, Irene Montero, que tuvo un papel protagónico en la presentación de la querella y actualmente es eurodiputada, señaló desde sus redes sociales que hace no tanto era impensable que la justicia reconociese un beso no consentido como agresión sexual. El feminismo lo está cambiando todo: sólo sí es sí. Aún queda camino por hacer: la multa y la reparación es mínima, sin inhabilitación y no se reconoce su posición de poder. Mientras que la actual ministra de Igualdad, la socialista Ana Redondo, cuando no hay consentimiento, como dice la sentencia, hay agresión. Con independencia de que la fiscalía recurra, lo cierto es que la aplicación de la ley española permite decir con contundencia que las mujeres no se cuestionan y que la palabra de la víctima tiene que ser entendida, respetada y escuchada y no cuestionada. No se puede revictimizar a la víctima. Es una sentencia de que nuestra ley es una buena ley, que protege a las mujeres.