• 22/11/2024
Va por regulación de casas de asistencia para adultos mayores

Va por regulación de casas de asistencia para adultos mayores

CHETUMAL.- Al celebrar la Sesión No. 17 del segundo periodo ordinario del segundo año de ejercicio legislativo, la Mesa Directiva de la XVII Legislatura le tomó protesta de ley a la Alejandrina Albornoz Pastrana, en sustitución de la diputada María José Osorio Rojas, por regulación de casas de asistencia para adultos mayores.

Lo anterior, después que el Instituto Electoral de Quintana Roo (Ieqroo), determinó que la persona en la lista de candidaturas plurinominales presentadas por el Partido Verde Ecologista de México, le corresponde a Albornoz Pastrana.

Otro de los temas tratados por los 20 de los 25 diputados, fue la reforma a los artículos 6, 156, 157 y 158 de la Ley de Asistencia Social para el Estado de Quintana Roo; presentada por la Diputada Maritza Deyanira Basurto Basurto, donde buscan regular las asociaciones de asistencia social y castigar la irresponsabilidad de estas.

“El fin es darle más y seguridad, humanidad y dignidad a los adultos mayores. Hablamos de la proliferación de casas de asistencia en varios municipios del Estado, donde casas particulares ofrecen los servicios de asistencia. Nos hemos encontrado con muchas desventajas que ponen en desventaja a los que utilizan este servicio”, justificó la diputada Marita Deyanira Basurto Basurto.

La discusión de los diputados llegó con la minuta de decreto por el que se reforman los artículos 93, 94 y las fracciones I, II y IV del artículo 97; y se adiciona un último párrafo al artículo 97, todos del Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Quintana Roo, donde regresa la palabra “mujer” en lugar de “persona gestante” en cuanto al tema del aborto.

Va por regulación de casas de asistencia para adultos mayores

“El aborto no será punible: I. Cuando sea resultado de una conducta culposa de la mujer o persona gestante; II. Cuando el embarazo sea resultado de una violación o de una inseminación artificial no consentida en términos de los artículos 113-Bis de este Código; III. … IV. Cuando al juicio del médico o la médica que la asista, de no interrumpir el embarazo, la mujer o persona gestante, se encuentre en peligro de muerte o en el riesgo de una afectación de salud”, señala el artículo 97 del Código penal del estado de Quintana Roo.

En su intervención tanto los diputados Hugo Alday Nieto, Guillermo Brahms González y Susana Hurtado Vallejo, coincidieron que las mujeres son las únicas que pueden quedar embarazadas, por eso está de más la declaración de “persona gestante”.

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