• 19/05/2024
  • Cancún, Quintana Roo, México

Pierde gobierno de OPB recurso legal contra habitantes de zona limítrofe

Pierde gobierno de OPB recurso legal contra habitantes de zona limítrofe

OTHON P. BLANCO.- El Ayuntamiento de Othón P. Blanco perdió el recurso de Queja número 242/2022 ante el Tercer Tribunal Colegiado del Vigésimo Séptimo Circuito, con sede en Cancún.

Los Magistrados declararon inoperantes los argumentos de la autoridad municipal, que se inconformó contra la admisión de la demanda de amparo número 287/2022 que promovieron habitantes de la zona limítrofe ante el Juzgado Sexto de Distrito.

El recurso mencionado buscaba que, mediante sentencia de amparo, se obligue al Ayuntamiento de Othón P. Blanco a cumplir con sus responsabilidades constitucionales en materia de obra pública de competencia municipal.

Los habitantes de la zona limítrofe calificaron la determinación como un triunfo para su lucha, que busca mejorar las condiciones de vida de las comunidades marginadas a las que les ha sido negada toda posibilidad de obra pública de competencia municipal, con el argumento de que existe un impedimento legal que no permite invertir en aquella región de Othón P. Blanco.

El Ayuntamiento capitalino alegaba que el Juez Sexto de Distrito con residencia en Chetumal no debió admitir la demanda de amparo promovida en abril por habitantes de la zona limítrofe, toda vez que en dicha demanda los quejosos se inconformaban por la falta de presupuesto destinada a obra pública para sus comunidades.

El asesor jurídico del Comité de Gestión de la Zona Limítrofe, Andrés Blanco Cruz, manifestó que al ser excluidas las comunidades del Programa de Inversión Anual (PIA), el Ayuntamiento de Othón P. Blanco violenta los derechos económicos, sociales y culturales de los habitantes de dichas localidades.

Añadió que el PIA aprobado por unanimidad del Cabildo de Othón P. Blanco violenta los principios rectores del presupuesto establecido en el artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que establece la máxima que rige la programación del presupuesto conforme a la justa distribución de los ingresos y la riqueza, así como el progreso compartido.

Explicó que al ser excluidas alrededor de 50 de un total de 83 comunidades, entre las ubicadas en la zona limítrofe y de la Ribera del Río Hondo, el Ayuntamiento dejó de cumplir con sus responsabilidades constitucionales, de velar por el progreso compartido y la distribución equitativa de la riqueza, para garantizar la justicia social.

Confió en que en el momento procesal oportuno, la Justicia Federal ampare a los habitantes de las comunidades rurales y al perder el Ayuntamiento de Othón P. Blanco este recurso legal, se abra la posibilidad de que las comunidades de esa región cuenten con calles, parques , banquetas, vivienda y en general toda obra pública que el Ayuntamiento está obligado a realizar.

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